Dejar de Comer y Beber Voluntariamente (VSED) es legal en Estados Unidos para una persona que se acerca al final de la vida y que tiene la capacidad mental de tomar sus propias decisiones médicas.

Compassion & Choices y los hospicios, como se conocen en Estados Unidos, por lo general suelen apoyar VSED con apoyo paliativo para personas con enfermedades terminales e incurables o personas muy frágiles. Si bien es legal, las personas pueden enfrentar dificultades para acceder a VSED y obtener el apoyo de hospicio, como se conoce en Estados Unidos.

Compassion & Choices y los hospicios, como se conocen en Estados Unidos, por lo general suelen apoyar VSED con apoyo paliativo para personas con enfermedades terminales e incurables o personas muy frágiles. Si bien es legal, las personas pueden enfrentar dificultades para acceder a VSED y obtener el apoyo de hospicios.

Compassion & Choices ofrece información sobre estos obstáculos para acceder a VSED y cómo ayudar a las personas a acceder esta opción para el fin de sus vidas.

Un Derecho Protegido por la Constitución

La Corte Suprema de los Estados Unidos en el caso Cruzan v. Director, Missouri Department of Health o Cruzan contra el Director del Departamento de Salud de Missouri, declaró que “una persona mentalmente capaz tendría un derecho protegido por la Constitución a rechazar la hidratación y la nutrición que le ayudan a vivir." 1

¿Sabía usted que Medicare y Medicare Advantage ofrecen los servicios de hospicio y el apoyo para VSED está dentro de este beneficio?

Quiénes pueden acceder VSED

VSED no se limita a las personas con una enfermedad terminal y con un pronóstico de seis meses o menos de vida. Está

disponible para un grupo de personas mucho más amplio. Compassion & Choices y la mayoría de los hospicios por lo general suelen apoyar VSED con apoyo paliativo para personas con una enfermedad terminal o incurable o que son muy frágiles  debido a una serie de síntomas que aparecen en las últimas etapas de su vida.

Puede ser más difícil para las personas que no padecen una enfermedad terminal recibir atención médica a través del proceso de VSED. Un pronóstico de fase terminal significa que a la persona se le ha diagnosticado una enfermedad irreversible e incurable que se espera que produzca la muerte.

Puede ser más difícil para las personas que no padecen una enfermedad terminal recibir atención médica a través del proceso de VSED. Un pronóstico de fase terminal significa que a la persona se le ha diagnosticado una enfermedad irreversible e incurable que se espera que produzca la muerte.

Diferencia entre VSED y SED

VSED se diferencia de SED (dejar de comer y beber), que se rige por leyes diferentes que autorizan a los profesionales de-salud a retirar los líquidos y la nutrición autorizados por indicaciones previas de la persona. Una directiva anticipada hace referencia a todo documento que contenga indicaciones sobre los deseos de una persona en cuanto al tratamiento médico en caso de que no pueda tomar decisiones de atención por sí misma.

Es importante no confundir VSED con el retiro de líquidos o alimentos por parte de los profesionales de la salud al final de la vida de una persona que no es capaz de tomar sus propias decisiones en materia de salud. Solo una persona en pleno uso de sus facultades mentales puede hacer uso de VSED. Esa decisión es un derecho protegido por la Constitución. Las leyes que rigen el retiro de alimentos y líquidos por parte de los profesionales de salud para una persona que no está en pleno uso de sus facultades mentales al final de la vida varía considerablemente, según cada estado.


1La libertad individual de una persona (que protege la autonomía personal y la autodeterminación) es la base legal para la toma de decisiones al final de la vida. En el caso Cruzan v. Director, Missouri Department of Health o Cruzan contra el Director del Departamento de Salud de Missouri, 497 Estados Unidos 261 (1990), la Corte Suprema de Estados Unidos declaró: "A los efectos de este caso, se supone que una persona mentalmente capaz tendría un derecho constitucionalmente protegido a rechazar la hidratación y la nutrición que le ayudan a vivir".

El derecho se reforzó aún más en el caso Glucksberg contra Washington: "El derecho constitucionalmente protegido a rechazar la hidratación y la nutrición que ayudan a vivir, que se analizó en el caso Cruzan, no se dedujo simplemente a partir de conceptos abstractos de autonomía personal, sino que se basó en la historia y en las tradiciones de una nación, según la regla de derecho común que establece que la medicación forzada era una agresión, y la larga tradición legal que protege la decisión de rechazar el tratamiento médico no deseado". 521 U.S. 702, 703 (1997) (se omiten las citas internas).